Desde el próximo 12 de mayo de 2019 las empresas tendrán la obligatoriedad de cumplir con el Registro de Jornada Diaria. Con la publicación del Real Decreto Ley del 8 de marzo, todas las compañías tienen que tener un registro con el horario completo de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora, y conservar dichos registros durante cuatro años. Incumplir esta obligación será considerada una infracción grave, con multas de entre 206 a 6.250 euros.
En Grupo Pancorbo, con más de 20 años de experiencia en la implantación de sistemas de control de presencia y accesos, saben que cada negocio es diferente y, por tanto, sus necesidades en materia de registro de jornada varían y precisan de una solución adaptada a sus características.
“No es lo mismo el sistema que necesita una compañía con grandes exigencias a nivel de seguridad y control, que el que necesitan una pyme con pocos trabajadores que solo busca un sistema que le permita cumplir con la ley actual, o una organización con empleados en movilidad y diferentes horarios de entrada y salida” afirma Iñaki Tierno, responsable de producto.
Además de cumplir con la legislación, estos sistemas permiten obtener gran cantidad de datos e informes que mejoren la productividad de la organización. Las soluciones de control de presencia de Grupo Pancorbo también ofrecen la posibilidad de enlazar al programa de gestión laboral, al ERP o al software de nóminas; complementarse con tornos para controlar el acceso; con sistemas de alarmas, timbres y relojes horarios; o con una app con geolocalización vinculada al smartphone.
Para la implantación del sistema, el equipo de Grupo Pancorbo realiza una consultoría recomendando a cada cliente el que mejor se adapta a su estructura y procesos de trabajo. Más información sobre soluciones de control de presencia en el tel. 941 20 33 77 o en info@grupopancorbo.com


